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Buzón de sugerencias

Buzon de sugerencias del auditor

 

El otro día nos preguntó un cliente, y compañero auditor, a ver cuál sería la mejor manera de dar solución a un requerimiento de mejora que le había sido comunicado por el ICAC en una revisión de control de calidad anterior. Dicho requerimiento decía textualmente lo siguiente:

Deficiencia observada: En el manual no se especifica, que si hay quejas o denuncias por parte de miembros de la firma, se pueden presentar con libertad a la dirección de la firma sin que existan represalias para el denunciante. Independientemente, no he visto en ninguno de los tres trabajos, quejas, denuncias ni consultas, para poder opinar sobre la forma real de resolver estos temas.

Efecto: Cumplir en toda su extensión con lo establecido en el punto 55 de la actual NCCI.

Recomendación: Incluir en el Manual de control de calidad que no existirán represalias por parte de la firma en el caso de denuncias o quejas por incumplimiento de normas o procedimientos establecidos en el control de calidad.

Nuestra contestación fue clara: el único modo de asegurar la confidencialidad es mediante el uso de un ‘Buzón de Sugerencias’. En Audinfor hace tiempo que disponemos de uno y, entendemos, que es un modo en el que, cualquier miembro de la Firma puede manifestar cualquier queja o sugerencia de mejora sin que pueda haber ningún tipo de represalias.

Ahora bien, siempre es recomendable que en la Firma reine un ambiente de cordialidad, respeto y diálogo entre responsables y colaboradores, de modo que dicho buzón no sea necesario y que la comunicación se haga en persona y prescindiendo del anonimato.

Aunque sobra comentarlo, esta solución no sería excesivamente válida para despachos de menos de tres personas. ¿Cómo dar en ese caso solución al punto 55 de la NCCI? Estoy abierto a sugerencias..

Nuevo convenio de control de calidad con el ICAC 2014

convenio icac 2014

Ya habíamos oído algo sobre la inminente llegada de un nuevo convenio de control de calidad firmado entre las corporaciones de auditores y el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y, finalmente, ya está aquí:

¿A quién afecta? A aquellas firmas y auditores individuales que fueron revisados en los años 2010 y 2011.

¿De quién vendrá la notificación? Del propio ICAC

¿Van a revisar muchos trabajos? Lo más seguro es que sean dos como máximo, no teniendo por qué coincidir con los revisados en 2010/2011

¿Qué documentación pueden pedir? La totalidad de los papeles de trabajo de los encargos que serán objeto de revisión.

¿Se va a hacer especial hincapié en algún aspecto? En los requerimientos de mejora implementados tras las deficiencias encontradas en las revisiones.

¿Vendrán a revisarme a mis instalaciones? Lo mas seguro, aunque quizás menos tiempo que en la anterior revisión. Para más información se puede consultar el texto íntegro de la notificación del Registro de Economistas y Auditores (REA)  aquí, o la del Instituto de Censores Jurados de Cuentas (ICJC) aquí.

Revisiones de Calidad – Ya están aquí

Revisiones calidad ICAC censores REA

Desde hace unas semanas, varios de nuestros clientes se han puesto en contacto con nosotros para contarnos que han recibido la ‘llamada’. Esta llamada no es ni más ni menos que la materialización de la anunciada revisión de control de calidad (más información en el artículo de estebanuyarra.com) a realizar por las corporaciones profesionales sobre los sistemas de control interno de calidad implantados en las firmas de auditoría y despachos individuales.

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La puesta en marcha de la Norma Interna de Control de Calidad en los despachos de auditoria (II)

Este artículo es el segundo de la serie dedicada a la puesta en marcha de la Norma para el Control de Calidad interno de los despachos que el ICAC emitió el pasado mes de diciembre para su exposición pública. El objetivo de este trabajo es servir de guía para la implementación del espíritu y exigencias de la norma sobre dos secciones: la gestión de los recursos humanos y la ejecución práctica de los trabajos de auditoría.

Fuente: Partida Doble nº especial auditoría – septiembre 2011


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El Control de Calidad como elemento dinamizador de los pequeños y medianos despachos de auditoría

La nueva norma auditora obliga a instaurar estrictos procedimientos de control de calidad en las firmas de auditoría lo que llevará a los despachos a replantearse muchos de sus actuales esquemas e instaurar nuevos y más efi cientes sistemas que optimicen niveles calidad y rentabilidad. No obstante,esto no parece llegar en el mejor momento.

Fuente: Partida Doble nº mayo 2011

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La puesta en marcha de la Norma Interna de Control de Calidad en los despachos de auditoría (I)

Antes del 1 de octubre de 2012, las firmas de auditoría deberán instaurar sistemas internos de control de calidad para garantizar el correcto cumplimiento de las normas éticas y técnicas. No obstante, la ausencia del Reglamento de auditoría y el actual estado de confusión relativo a las normas va a provocar un carácter de provisionalidad a los procedimientos internos que se definan en los despachos.

Fuente: Partida Doble nº julio-agosto 2011

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Publicación del borrador de la Norma sobre Control de Calidad Interno de los despachos de auditoría y su comparación con la NICC1 (ISQC1)

Por resolución del pasado 22 de diciembre de 2010 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,  se ha hecho público el Borrador de Norma de Control de Calidad Interno de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría que, como dice en su preámbulo, pretende adaptar la anterior normativa a la establecida en la Comunidad Europea.

Norma de control de calidad
A primeros de agosto, un mes después de la publicación de la modificación de la Ley de Auditoría, el ICAC inició entre los pequeños y medianos despachos de auditoría un nuevo sistema de revisión,